La OMIC está recibiendo un
considerable aumento de quejas y solicitud de información por parte de
muchos usuarios y usuarias, que han recibido facturas de electricidad
muy elevadas, debido al nuevo sistema de facturación mensual que las
compañías eléctricas están aplicando.
Hasta finales de 2008, todos los usuarios/as de cualquier operadora
eléctrica recibían cada dos meses en sus hogares la factura de su
consumo. Sin embargo, el pasado año se aprobó un Real Decreto ( R.D.
1578/2008, de 26 de septiembre), en cuya Disposición Adicional Séptima
se establecía que “La facturación de las tarifas de suministro de
energía eléctrica social y doméstica, a partir del 1 de noviembre de
2008, se efectuará mensualmente por la empresa distribuidora, llevándose
a cabo en base a la lectura bimestral de los equipos de medida
instalados al efecto.”
Al recibir una factura mensual y la lectura de nuestros contadores
realizarse cada dos meses, hay una factura cuyo consumo se calcula en
base a una estimación, según se establece en el Real Decreto 1955/2000,
que recoge que los consumidores/as acogidos/as a tarifas domésticas
podrán ser facturados en función de los promedios históricos del año
anterior.
Esto produce que, en algunas facturas, aparezca un recargo por exceso de
consumo a aquellos usuarios/as que han superado los 500Kw, de acuerdo
con lo reglamentado, sólo en aquellas |
facturas que se basen en lecturas reales, nunca cuando la lectura es estimada, y
teniendo en cuenta en el cálculo su aplicación mensual equivalente.
Desde el pasado año las compañías eléctricas ya comenzaron a aplicar
este nuevo sistema de tarificación, sin embargo estas compañías no han
informado a los usuarios/as del nuevo sistema de facturación, cómo se
realiza la lectura estimada de los contadores y con qué criterios, pues
éstos varían de unas compañías a otras.
Por todo ello, desde esta Oficina, queremos ofreceros los siguientes
consejos:
- Comprobar que la lectura de nuestro contador es correcta, comprobando
que los Kw/h son superiores a los que aparecen en la factura. Si
estuviesen por debajo de lo facturado deberíamos reclamar a la compañía
la devolución del importe de los Kw facturados de más.
- Comunicar la lectura de nuestro contador a la compañía eléctrica el
mes que no la leen. De esta forma evitaremos pagar más o menos, según el
caso, y nos facturarán por lo realmente consumido.
- Comprobar que en las facturas de Noviembre y Diciembre no se nos ha
aplicado la subida de enero. Por ejemplo, en un hogar con una potencia
contratada entre 2,5 y 5Kw, el precio del Kw en diciembre era de
0,107994 mientras que en enero es de 0,112480. Este precio varía en
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función de la potencia contratada, por lo que lo más
recomendable es mirarlo en nuestras facturas.
- Comprobar que no nos han cobrado el exceso de consumo en las facturas
estimadas. Este exceso se produce por superar un determinado consumo;
para evitarlo es conveniente proporcionar a la compañía correspondiente
la lectura del mes que no leen el contador en sus teléfonos de atención
al cliente: Iberdorla (901 20 20 20) o Energética de Alcocer (924 62 00
43).
- Si tienen una vivienda vacía, comunicárselo a la oficina
suministradora de la energía, para que facturen el mínimo y no estimen
el consumo. Así evitaremos la molestia de llamar todos los meses porque
nos hayan facturado Kw que no hemos consumido.
- Y sobre todo, por el bien común y de cada uno/a en particular,
intentar ahorrar energía, mediante el uso de bombillas de bajo consumo,
si tenemos que renovar los electrodomésticos adquiriendo uno de clase A,
apagando completamente los equipos electrónicos, así como con un buen
aislamiento tanto en verano como en invierno.
Asimismo les recordamos que la Oficina del Consumidor está a su
disposición para solventar cualquier duda o problema que se les plantee,
y que pueden ponerse en contacto a través del teléfono o solicitando en
el Ayuntamiento de su localidad una visita en su propio municipio.
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